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Nuestros servicios están dirigidos a empresas, asociaciones o comunidades de todo tipo, independientemente del volumen de las mismas. En lo que respecta a las empresas de mas de 50 trabajadores, la LISMI (ley 13/1982 de integración social del minusválido) establece que deben reservar el 2% de la plantilla a personas que posean el certificado de discapacidad en grado igual o superior al 33%.

Para facilitar dicho cumplimiento, la normativa en vigor (Real Decreto 364/2005, de 8 de abril) establece una serie de medidas Alternativas, con el fin de que las empresas que tengan dificultades con su cumplimiento puedan suplir esta cuota de reserva mediante las mismas.

Aquí es donde IDA adquiere protagonismo ya que entre estas Medidas Alternativas se contempla la posibilidad de traer a escena a este CEE, dando cumplimiento a este tipo de obligaciones.

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